lunes, 29 de octubre de 2012

Remuneración en los Contratos de Operación Hotelera


Los contratos de operación hotelera son en términos generales, contratos mediante los cuales, el propietario de un hotel delega la administración y operación del mismo a un operador, con frecuencia bajo las formas contractuales de cuentas en participación, o preposición establecidas en el Código de Comercio (arts.507 y 1332).

El operador se encarga de todo lo que conlleva la administración de un hotel, v.gr. manejar el personal, administrar las reservas, prestar el servicio de alojamiento y alimentación, para lo cual usa su propia marca. El operador recibe una remuneración a cambio de su administración. Quisiera en esta ocasión referirme un poco más en detalle a esa remuneración.

Tiene dos componentes, el primero de ellos, un honorario básico por poner al servicio del hotel operado el conocimiento técnico, la marca, y todas las ventajas competitivas de la cadena hotelera, tales como economías de escala en el abastecimiento, reconocimiento en el mercado y relaciones con clientes, programas de fidelización y programas en entrenamiento de personal. Este honorario se calcula sobre las ventas brutas del hotel y suele ser entre el 2% o 3%.

El segundo componente es un porcentaje sobre la utilidad operacional del hotel, y se determina al restar de los ingresos operativos (servicio de alojamiento en habitaciones, restaurante, alquileres, etc.), todos los costos operativos, tales como costo de alimentos, salarios de personal, gastos de mantenimiento, servicios públicos, seguros y gastos de publicidad. Este puede estar entre 8% y 12% de la utilidad bruta de la operación.

En mi opinión ambos componentes de la remuneración del operador son importantes y deben ir juntos.

El cargo básico, busca remunerar una serie de beneficios que de entrada ofrece la cadena al hotel, incluyendo un posicionamiento en el mercado, acompañado de una marca conocida, que seguro aumentarán las posibilidades de éxito del hotel. El segundo es más un mecanismo de incentivo, pues si el operador administra el hotel eficientemente y hace un mayor esfuerzo en ventas, entonces mayor será su remuneración.

No tendría mucho sentido que el operador recibiera solo una participación sobre la utilidad operacional, pues está aportando una serie de beneficios que ya de antemano en el mercado tienen un valor. La marca y las relaciones con clientes, por ejemplo, harán que al hotel le tome menos tiempo posicionarse. Las economías de escala en la cadena de abastecimiento implicarán unos ahorros para la nueva operación desde el principio. Si este tipo de cosas no se remuneran, quiere decir que el operador está asumiendo todo el riesgo de operar, cuando ya tiene una trayectoria en el mercado, lo cual implica una pérdida.

Ahora, todo depende del tipo de cadena que va a operar el hotel. Si es una cadena nueva y más pequeña, entonces es lógico que la remuneración básica que reciba sea mucho menor.

En cuanto al honorario sobre la utilidad operacional, es muy importante, pues si no existiera, el operador no haría ningún esfuerzo por posicionar el hotel, conseguirle huéspedes, y ser eficiente en los gastos de la operación.